Ya se ha abierto la convocatoria para las ayudas para la retirada del amianto. Estas ayudas provienen directamente de la Generalitat de Catalunya, y es gestionada por la Agència Catalana de Residus.
Existen dos líneas o programas de ayuda, el primero para particulares, empresas, administración, y comunidades de vecinos y consta de un presupuesto de 10 millones de euros; el segundo, es para edificios que alojen o hayan alojado actividad económica, con un presupuesto de 40 millones de euros.
Ambos programas no son compatibles.
A continuación veremos los detalles.
Programa 1: Retirada, transporte y gestión de los residuos
Esta línea de ayuda es exclusivamente para la retirada del amianto y cubre el coste de la retirada, transporte y gestión de los residuos, con lo que el tejado nuevo no queda cubierto por esta ayuda.
- Acción subvencionable: incluye la retirada, transporte y gestión de los residuos de amianto
- Subvención: 100% del coste, hasta 30.000 €
- Beneficiarios: peronas físicas, jurídicas, públicas o privadas y comunidades de vecinos.
- Compatibilidad de la subvención: Es compatible, pero deben declararse las ayudas solicitadas y obtenidas por la misma actuación. No se puede percibir más cuantía del totalidad del coste.
- Requisitos: consulta la normativa.
Queda sujeto a Minimis.
Programa 2: Retirada, transporte, gestión de los residuos + nuevo tejado + instalación fotovoltaica
Esta línea permite la retirada del amianto, la sustitución del tejado y la posterior instalacion fotovoltaica, a través de un porcentaje de ayuda, con algunas limitaciones. Entremos en detalle:
¿Cuáles son las actuaciones subvencionables?
- Retirada, transporte, gestión de los residuos de amianto.
- El nuevo tejado.
- La instalación solar fotovoltaica.
- También incluye algunos elementos auxiliares que contengan amianto.
Beneficiarios
El propietario del inmueble dónde se haya desarrollado o se desarrolle actividad económica y que conengan elementos de amianto (uralita), ya sean personas físicas, jurídicas, públicas o privadas.
Quantía de las ayudas y limitaciones
Ayuda base: 40%
Ayuda adicional según tamaño de empresa
Pequeña: +10%
Mediana: +20%
Limitaciones en retirada de amianto y substitución del tejado
Cubiertas de hasta 49 m2: 2.000 €
Cubiertas de 50 – 99 m2: 40 €/m2
Cubiertas de 100 – 499 m2: 30 €/m2
Cubiertas de 500 – 999 m2: 25 €/m2
Cubiertas a partir e 1000 m2: 20 €/m2
Limitaciones en la instalación de paneles solares
El límit es calcula multiplicant el valor limitant pels KWp a instal·lar.
Menys de 10 kWp: 534 €/kWp
Entre 10 – 100 kWp: 318€/kWp
Més de 100 kWp: 262 €/kWp
Es compatible, pero deben declararse las ayudas solicitadas y obtenidas por la misma actuación, siempre que no se supere la cuantía del totalidad del coste.
Ayuda sujeta a Minimis.
Procedimiento de la concesión.
La concesión de las ayudas se llevará a cabo por concesión competitiva, es decir, se valorará por puntos en las siguientes categorías:
Actividades económicas
- Grupo A del CCAE: 50 puntos.
- Grupo C y G del CCAE: 25 puntos.
- Otras actividades económicas del CCAE: 10 puntos.
Superfícies de amianto a retirar
- Entre 0 y 2000 m2: 30 puntos.
- De 500 a 999 m2: 20 puntos.
- Superior a 1.000 m2: 10 puntos.
Actuació combinada
- Retirada + substitución total + fotovoltaica: 20 puntos.
- Retirada + substitución total: 10 puntos.
- Retirada de amianto: 5 puntos.
Se aceptarán solicitudes durante dos meses, después se ordenarán por puntos y se resolverán primero los que más puntos tengan y en orden descendente.
Plazos para la solicitud y justificación
El plazo empieza el dia 25 de mayo de 2023 a las 9h y se cierra 2 meses después.
El plazo de ejecución de las actuaciones es de 24 meses.
La justificación puede llevarse a cabo hasta 27 meses después de la fecha de resolución.
Otras condiciones de la subvención
- La empresa que retira el amianto debe estar incrita en el registro de empresas por riesgo de amianto (RERA).
- La empresa de destino de los residuos debe estar incrita en el registro general de personas gestoras de residuos de Cataluña. También debe estar situada en Cataluña.
- En los presupuestos debe constar la dirección del inmueble objeto de la subvención.
- Se debe tramitar la documentación de control y seguimiento para gestionar los residuos de amianto según el decreto 93/1999, sobre el procediemiento de gestión de residuos y el Real Decreto 553/2020.
- Se debe disponer del plan de trabajo aprovada por la autoridad laboral del Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat de Catalunya.
- Las instalaciones fotovoltaicas deben ubicarse en las cubiertas retiradas.
- Deben cumplirse otros requisitos normativos.
¿Qué necesito para hacer la solicitud?
- Documento acreditativo de la propiedad del inmueble.
- Acreditación del CNAE donde está inscrita la actividad económica y conste la dirección del inmueble.
- Memoria descriptiva del desamiantado del inmueble (ubicación, m2, definición de los trabajos).
- Fotografías de los elementos de amianto.
- Presupuesto de la retirada del amianto, indicando los m2.
- Presupuesto del nuevo tejado.
- Presupuesto de la instalación fotovoltaica, indicando los kWp a instalar.
- Declaración responsable relativa a la condición de PIME, si es necesario.
Si tienes dudas, podemos ayudarte. Escríbenos un correo a ajuts@electrofluxe.com o llámanos al 972 00 61 01.