Puntos de carga de vehículos eléctricos​

Suministramos e instalamos puntos de carga para vehículos eléctricos para su empresa, garaje residencial, estación de servicio pública/privada y otras áreas de posible acción, llave en mano.

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PUNTOS DE RECARGA PARA VEHICULOS ELÉCTRICOS

En el momento que se decide la adquisición de un VE, debe considerarse de manera crucial el proceso carga, y por lo tanto, toda la infraestructura asociada que esto conlleva, además de sus procesos asociados; como pueden ser la disponibilidad de energía eléctrica, las medidas de seguridad y protección eléctricas, y la medición de energía para su posterior facturación.

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DIRIGIDA A:

Existen diversos usos para el Vehículo Eléctrico, mayoritariamente aplicados a centros urbanos; desde flotas de transporte a servicios de postventa, recogida de basuras e incluso el simple uso privado. Considerando los emplazamientos de los sistemas de carga, estos pueden ser diversos; en parkings privados, tanto de centros comerciales como de empresas, en parkings públicos, gasolineras y por supuesto en la propia vivienda del usuario del Vehículo Eléctrico

CUANDO INSTALAR PUNTOS DE RECARGA PARA VEHICULOS ELÉCTRICOS

 

  • Por la normativa del Real Decreto 1053/2014 en el que, se aprobaba la Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52: “Instalaciones con fines especiales obliga a los recintos que tengan más de 40 plazas de aparcamiento a disponer de cargadores eléctricos”.        
  • Por obligación en los próximos años en todos los establecimientos que tengan estos requisitos (párquines, comunidades de propietarios, centros comerciales, etc.) y deberán adaptarse.
  • Las gasolineras que tengan un volumen agregado de ventas de 10 millones de litros en adelante estarán en la obligación de instalar estos puntos de recarga para vehículos eléctricos -antes eran cinco millones- en un plazo no superior a 21 meses tras la aprobación de la ley, aún sin fecha a la vista.
  • Las gasolineras más pequeñas (aquellas con un volumen de entre cinco y 10 millones) dispondrán de hasta 27 meses para poner en marcha dichas electrolineras, por lo que se amplía el plazo para que puedan cumplir con la futura legislación. Lo que no se recogen son las posibles sanciones por incumplimiento.
  • También se fijarán obligaciones para la instalación de puntos de recarga en edificios de nueva construcción y existentes.
  • Por otro lado, el anteproyecto mantiene el objetivo de prohibir en 2040 la venta de los coches y vehículos industriales ligeros que emitan CO₂. Esto incluye los gasolina, diésel, híbridos y los impulsados por gas.

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